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Manual para la elaboración de informes ante VI

Según el Reglamento de la Investigación de la Universidad de Costa Rica, la persona investigadora principal, en conjunto con el grupo de investigación, presentará, ante la dirección de la unidad en que se inscribió la investigación, aquellos informes parciales y el informe final del programa, proyecto o actividad de apoyo a la investigación. Estos informes deben presentarse en las fechas estipuladas en la notificación de inscripción, y seguir lo establecido por las directrices que en esta materia determine la Vicerrectoría de Investigación. El grupo de investigación debe adjuntar a dichos informes la producción académica generada durante el proceso de investigación, o una vez concluida, la publicación de las obras, en el periodo establecido por este reglamento. La evaluación de los informes de un programa, proyecto o actividad de apoyo a la investigación debe fundamentarse en los logros académicos, productos concretos obtenidos, además de la gestión adecuada de los recursos financieros y administrativos autorizados.

A continuación, se le brinda información necesaria para la presentación del mismo:

  1. Los informes, sean parciales o finales, deben remitirse al Centro para que sean evaluados ya sea por parte del consejo científico o bien por pares académicos internos o externos.
  2. Debe atender los señalamientos y recomendaciones del Consejo Científico o del par académico.